Deportes
Tiempo de lectura: 7 minutos

La Congregación de la Fe ¿Está por la labor? (I)

Las opiniones –también en la Iglesia- son libres y respetables. Por esta razón, entiendo que, individualmente, se expresen  posicionamientos en torno a la pederastia en la Iglesia, encontrados entre sí. Más allá de tal salvedad y reconocimiento, creo que  estamos ante un capítulo desgraciado (uno más) de las incomprensibles resistencias de ciertos sectores de la Iglesia ante las reformas del Papa Francisco.

Resistencias, especialmente llamativas, cuando, presuntamente, provienen del titular de una Congregación tan poderosa como la de la Doctrina para la Fe (CDF), que tiene atribuida, con carácter exclusivo, la competencia, por razón de la materia, en este tipo de delitos más graves, y cuando está en juego la recuperación de la credibilidad y fiabilidad perdidas de la propia Iglesia.

Mi intención es huir, de modo expreso y explícito, de cualquier juicio de intenciones, de manifestar un simple estado de ánimo o de expresar sentimientos, más o menos fundados, sobre la gestión concreta de la CDF y de su Cardenal presidente. Por esta razón, voy a tratar de fundamentar y objetivar algunos aspectos –desde mi óptica personal  muy importantes- del ejercicio de la competencia que tiene la CDF atribuida en la materia. A partir de tal exposición,  cada cual puede juzgar si  la CDF está o no impulsando la respuesta al delito de abuso sexual  del clero en los términos que han querido configurarla Benedicto XVI y Francisco.

Si nos atenemos a la praxis de la propia CDF, me parece evidente que su competencia y funciones no se reducen ni concretan (ni mucho menos) a los exclusivos contornos que señala el Cardenal Müller en respuesta a las manifestaciones acusatorias de Marie Collins, a saber: realizar un proceso canónico a los clérigos acusados del delito de abuso sexual.

Aunque una de sus responsabilidades primordiales sea, en efecto, su actuación como Tribunal para este tipo de delitos, nadie duda que sus funciones  van más allá o son además de otra índole y naturaleza, como demuestra la praxis concreta de la misma. A ello, se refirió el mismo Prefecto (eran ya los tiempos de Benedicto XVI) de la CDF, Cardenal Levada, cuando subrayó que la CDF (además de ‘aplicar normas equitativas para sancionar a los clérigos culpables’), “… necesariamente ha adoptado una perspectiva más amplia, preocupándose también por la manera más eficaz de favorecer el proceso de curación de las víctimas, promover programas para la protección de niños y jóvenes, instar a los obispos a ocuparse de la educación de sus comunidades de fe, responsabilizándose de sus jóvenes, y trabajar con otros Dicasterios de la Santa Sede y Conferencias Episcopales para garantizar una adecuada formación de los sacerdotes, en el presente y de cara al futuro, que aborde los diversos aspectos relacionados con los abusos sexuales contra menores.

Desde que el Cardenal Ratzinger fue nombrado Prefecto de la CDF (25.11.1981), su protagonismo e influencia a la hora de perfilar la progresiva configuración de la respuesta de la Iglesia ante determinadas ‘conductas sexuales inapropiadas del clero relacionadas con menores’, parece evidente. Nadie puede dudar de su activa participación y su intensa colaboración  en la elaboración del m.p. Sacramentorum Sanctitatis Tutela (Juan Pablo II, 2001). La experiencia de aquellos años al frente de la CDF, le llevó, con el apoyo decidido de su entonces Prefecto, Cardenal Levada (13.05.2005), a su posterior modificación (Benedicto XVI, 2010) a fin de mejorar la normativa vigente. Es evidente que la CDF  ejercía, en aquellos momentos, funciones de diferente naturaleza de las estrictamente judiciales y lo hacía con total normalidad y aceptación por todos.

Nada, por otra parte, especial. Se inserta plenamente en el carácter vicario de la Curia Romana: “… no actúa por derecho propio y por iniciativa propia: pues ejerce la potestad recibida del Romano Pontífice, debido a esa relación  esencial y originaria que tiene con él; porque la característica propia de esta potestad es vincular siempre el propio afán con la voluntad de aquel de quien procede, de forma que exprese y manifieste la fiel interpretación de la voluntad, sintonizando e incluso casi identificándose con ella, para bien de la Iglesia y servicio de los obispos. De esta índole saca la Curia Romana su autoridad y su fuerza, y también en ella encuentra los límites de sus funciones y normas”.

Precisamente, porque el abanico competencial va bastante más allá o es infinitamente más amplio  (función judicial), la CDF redactó la Carta Circular de 3 de mayo de 2011, Subsidio para la Conferencias episcopales en la preparación de Líneas Guía para tratar los casos de abusos sexual.

La CDF –bajo el impulso claro de Benedicto XVI-  había optado, como parte de la respuesta de la Iglesia a tan grave problema, por la vía de ‘dar unidad a la praxis de una misma Conferencia Episcopal ayudando a armonizar mejor los esfuerzos de cada Obispo para proteger a los menores’. Se trataba de ‘instituir procedimientos adecuados’, de dotar a los obispos de Protocolos de actuación, cuyo seguimiento garantizase una necesaria unidad de criterios de actuación y un modo de proceder seguro y concorde con la  normativa canónica universal, de no actuar más desde la apatía y la improvisación (Cardenal O'Malley).

Parece evidente que la Carta Circular 2011 poco o nada tiene que ver con el ejercicio estricto de funciones judiciales. Va mucho más allá. Es la expresión de funciones de impulso, de carácter normativo, de coordinación, de apoyo y ayuda. Funciones que son la expresión clara de la vinculación del propio afán personal y orgánico (poder siempre vicario) con la voluntad papal (origen del mismo) y su orientación –repetidamente reiterada y expresada- respecto del tenor de la respuesta de la Iglesia a este tipo de problema tan esencial para su credibilidad y fiabilidad. La colaboración de la CDF responde plenamente a los diferentes requerimientos que demandaba la respuesta y la voluntad del Papa. Se advierte fácilmente la plena y total disposición de la CDF, en el ejercicio de las funciones que le son propias, para la ayuda a las Conferencias episcopales.

EL Cardenal Müller fue nombrado Prefecto de la CDF el 2 de julio de 2012.

En aquel momento, ya estaba en marcha la Carta Circular de 3 de mayo de 2011. De inmediato, surgen unas cuantas preguntas: ¿Qué ha hecho el Cardenal Müller, como responsable máximo de la CDF, para conseguir (en los casi cinco años que lleva al frente de la misma) tan importante objetivo, puesto en marcha, precisamente, por la CDF con el impulso y aprobación, sin duda, de Benedicto XVI?  ¿Acaso piensa el ilustre Cardenal alemán que esa función tampoco era propia de su Dicasterio y que ni tan siquiera ha de intentar armonizar el papel de los Obispos y de las Conferencias episcopales respectivas? ¿De verdad, la CDF, con competencia exclusiva sobre la materia en toda la Iglesia, puede poner sobre la mesa una relación de actividades e impulsos tendentes a secundar, de modo eficaz, la voluntad del papa Francisco en su lucha por erradicar el abuso sexual? ¿Se puede percibir la presencia del Cardenal Müller –más allá de los tópicos mantras al uso- como referencia activa, clara e indubitada, en la lucha por erradicar este mal en la Iglesia?

¿Qué está haciendo la CDF por conseguir que, en toda la Iglesia, existan estos Protocolas adecuados oportunamente actualizados? ¿Qué está haciendo y ha hecho la CDF para vencer la “ resistencia a hacer lo que es difícil. Y lo difícil es establecer normas y criterios que han de seguirse siempre en la protección de menores", como ha reconocido Wilton Gregory, arzobispo de Atlanta y Presidente que fue de la Conferencia episcopal USA? ¿Se percibe la acción (colaboración/vicariedad) del Cardenal Müller al frente de la CDF en sintonía e identificación con el impulso y la voluntad del papa Francisco? La respuesta a estos interrogantes prefiero dejarla al juicio del lector.

Claro está que, como ha recordado el Cardenal Müller en las recientes declaraciones al Corriere della Sera, “forma parte de nuestra fe católica y del ‘ethos’ del trabajo de la Curia romana de sostener la misión universal del Papa…”. Pero, ello no responde a la cuestión que suscitó  Marie Collins ni rompe el “cliché” instalado, sin duda, en la opinión pública mundial, a saber, “la idea según la cual exista de un lado el Papa que quiere la reforma y de otro un grupo de resistentes que desean bloquearla”. ¿En qué lado (al margen de sus propias manifestaciones) se percibe que se halla situado el Cardenal Müller?

Es más, el problema, a mi entender, para el Cardenal Müller en su intento de refutar a la Sra Collins y de transmitir al conjunto de la Iglesia que está en plena comunión y colaboración con el papa Francisco en la lucha contra el abuso sexual del clero, se sitúa en un orden de cosas muy diferente a la mera invocación de sostener la misión universal del Papa.

Creo que su problema reside  ahora en explicar (¿demostrar?) –más allá del enunciado de abstracciones y mantras al uso- cómo es o por qué el papa Francisco tuvo que tomar  la iniciativa mediante Carta de 2 de febrero de 2015 y recordar a las Conferencias episcopales el deber de vigilar atentamente para que “se cumpla  plenamente” la referida Carta Circular 2011 así como para adoptar “un instrumento para revisar periódicamente las normas y comprobar su cumplimiento”.

¡Qué casualidad! Tiene que ser el papa Francisco (aunque dispone de la CDF con competencia exclusiva sobre la materia) quien vigile e impulse el fiel cumplimiento de una iniciativa normativa de la propia CDF tan importante. ¿Cómo nos explica el Cardenal  Müller semejante falta de impulso personal e institucional de algo puesto en marcha desde 2011 por la propia CDF?  ¿Cuál fue la respuesta de la CDF ante el manifiesto incumplimiento de la Carta Circular 2011 por algunas Conferencias episcopales?  ¿Puede el Cardenal Müller asegurar que, en este momento, todas las Conferencias episcopales disponen, merced a su impulso y gestión, de Protocolos adecuados? Si no lo puede asegurar, ¿qué parte de responsabilidad le es atribuible al Dicasterio que él mismo dirige?

¡Tú mismo! Valora los datos ofrecidos y emite tu juicio personal. Ahí están los datos y sus circunstancias. Lo demás sobra.

Actualizado: 14 de marzo de 2022 ,

Noticias relacionadas

Comentarios

No hay comentarios

Enviar un comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este formulario recopila tu nombre, tu correo electrónico y el contenido para que podamos realizar un seguimiento de los comentarios dejados en la web. Para más información, revisa nuestra política de privacidad, donde encontrarás más información sobre dónde, cómo y por qué almacenamos tus datos.

magnifiercrossmenuchevron-down
linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram