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Los afectados de Dentix que tuvieron que financiar los tratamientos a través de bancos o financieras, podrán pedir la cancelación del crédito

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Miles de afectados de la clínica Dentix que se vieron forzados a solicitar financiación para poder pagar sus tratamientos y que en este momento se encuentran interrumpidos, ejecutados de manera defectuosa o, incluso, que no hayan comenzado podrán solicitar la cancelación del crédito de acuerdo con la Ley de Contratos de Créditos al Consumo por estar vinculados a servicios contratados y no prestados.

A pesar de ello, entidades como Abanca, Cetelem, BBVA, Pepper Money o Banco Sabadell  siguen reclamando a los consumidores el pago de las cuotas de los préstamos.

La inmensa mayoría de los afectados con créditos pendientes de pagar, se preguntan si tienen que seguir pagando el crédito pese a que la clínica ha incumplido el contrato, ya que ignoran que los consumidores que hayan concertado contratos de crédito vinculados al tratamiento dental, de acuerdo con el art. 29.1 de la LCCC, no tendrán que seguir pagando las cuotas del préstamo. Ahora bien, aquellos otros consumidores que ellos mismos se hayan negociado y tramitado un crédito por su cuenta para la financiación del tratamiento si que tendrán que seguir haciendo frente a los pagos mensuales.

Para considerar el crédito vinculado, de acuerdo con la LCCC, el crédito ha de servir única y exclusivamente para financiar la prestación del servicio específico, en este caso el tratamiento dental, y que los contratos (crédito y prestación del servicio) constituyan una única unidad comercial, es decir, que se gestionen y se firmen en el mismo establecimiento y a la vez que el propio tratamiento y cuando el proveedor (Dentix) colabora planificadamente con el prestamista para propiciar al consumidor el acceso a la financiación.

Los usuarios tienen posibilidades de recuperación del dinero cuando hayan concertado un préstamo sujeto a la Ley de Contratos de Créditos al Consumo.

Cuando los prestamos están vinculados, como decía anteriormente, los afectados podrán ejercitar contra los prestamistas las mismas acciones que frente al prestador del servicio por cuanto el prestamista es responsable solidario con el prestador del servicio y cancelar el contrato ante la suspensión de los servicios contratados.

Para que los afectados puedan cancelar los créditos al consumo es condición sine qua non que Dentix haya incumplido el contrato (interrupción del tratamiento, tratamiento mal ejecutado o que no haya comenzado) y que el consumidor haya reclamado judicial o extrajudicialmente por cualquier medio acreditado a la clínica y esta no haya contestado o no haya continuado el tratamiento.

Los afectados por el concurso de acreedores de Dentix que cumplan con los requisitos expuestos anteriormente podrán suspender el pago de las cuotas del crédito hasta que la clínica cumpla correctamente su obligación, cosa que en este momento es poco probable que ocurra, además, podrán reclamar a Dentix y a la entidad de crédito en caso de una ejecución defectuosa e, incluso, devolver la parte proporcional por los servicios pagados y no prestados.

Se estima que Dentix ha dejado en la estancada a mas de 100000 afectados en toda España, muchos de ellos en situaciones muy delicadas en lo económico y dramáticas en cuanto a la salud. Dentix no es la primera empresa de estas características que concluye en un concurso de acreedores y tampoco será la última, pero ¿Qué hacen las autoridades?, pues aparentemente nada. Es incomprensible como es puede suceder este tipo de problemas sin que existan medidas que traten de impedirlo o que ofrezcan garantías a los usuarios de que, en caso de problemas como este, sus derechos estén perfectamente salvaguardados y puedan ejercitarlos sin necesidad de recurrir a procesos complicados y largos.

Esperemos, pues, que este Dentix sea el ultimo o, por lo menos, bajo las mismas reglas.

 

Actualizado: 26 de octubre de 2020 ,

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