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Bonet (Illeslex Abogados): "Hay herederos que deben malvender uno de los bienes para poder heredar el resto"

Elisabeth Bonet, abogada en Illeslex Abogados, ha ofrecido una masterclass sobre el Impuesto de Sucesiones en la entrevista mantenida con nuestro compañero Biel Ramis en su programa 'Avui Actualitat', de CANAL4 Televisió.

Así, Bonet ha empezado su explicación asegurando que "el Impuesto de Sucesiones es un impuesto estatal, cedido eso sí, a las comunidades autónomas, así que cada una dispone de sus propias tablas y reducciones. Aquí en Balears somos una de las regiones donde pagamos menos en concepto de este impuesto, aunque hay otras como Madrid, Valencia o Canarias, donde el impuesto es todavía más bajo".

La abogada ha señalado que "España, en comparación con el resto de Europa, es uno de los países con el Impuesto de Sucesiones más elevado, solo por detrás de países como Alemania, Francia o Bélgica. En muchos otros países es un impuesto meramente simbólico".

Bonet ha remarcado que estamos "obligados a cumplir con este impuesto en caso de aceptar una herencia. Por mucho que nuestros padres o familiares hayan pagado en vida todos los impuestos pertinentes y todo esté al corriente. No nos queda otro remedio".

La especialista ha recordado que hasta 700.000 euros solo se paga un uno por ciento de lo heredado, y que luego el porcentaje va aumentando en función de la cuantía. Eso sí, ha recordado que "la masa hereditaria lo componen todos los bienes que poseyera el fallecido: casas, vehículos, joyas, seguros de vida... Tenemos seis meses para liquidar el impuesto. En caso de no disponer de la liquidez suficiente, se puede solicitar una prórroga de otro medio año. Una vez transcurrido este tiempo y acreditada nuestra incapacidad para hacer frente al impuesto, éste se puede fraccionar en cinco anualidades. En caso de continuar nuestra imposibilidad para hacer frente el pago, tendríamos que vender alguno de nuestro bienes para poder heredar el resto".

Aquí es donde en ocasiones "el heredero tiene que malvender alguno de los bienes para poder heredar el resto. Es una situación que se está dando", ya que algunos compradores juegan con la necesidad de vender que tiene el heredero.

Bonet, ha remarcado que en el caso de recibir el requerimiento de un notario informándonos que aparecemos en una herencia "hay que acudir siempre. Luego ya aceptaremos o renunciaremos, pero si no comparecemos, se entiende y que aceptamos la herencia pura y simplemente. Eso significa que si hay deudas que saldar, y los bienes que aparecen en el testamento no son suficientes, se comería nuestro propio patrimonio".

Para tranquilidad de todo el mundo, la abogada ha explicado que lo habitual es "aceptar la herencia a beneficio de inventario. En ese caso, en caso de que los bienes no sean suficientes para saldar la cuenta, ahí se acaba todo para el heredero. No tiene que responder con su patrimonio".

Actualizado: 14 de marzo de 2022 , , ,

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