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Guía práctica sobre el nuevo bono joven del alquiler: quién lo cobrará, cuándo y cuánto

La ayuda aprobada por el Gobierno de España tiene carácter retroactivo desde el pasado día 1 de enero.

El Gobierno de España ha aprobado una de sus medidas estrella del pacto PSOE-Unidas Podemos: el bono joven de alquiler para, según fuentes del Consejo de Ministros, facilitar el acceso a la vivienda a este amplio sector de la población que proyecta emanciparse de sus padres.

Según datos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, beneficiará a 70.000 jóvenes en toda España, 1.500 en Baleares.

¿Quién puede cobrar el bono?

Los jóvenes que tengan entre 18 y 35 años de edad y vivan de alquiler en una vivienda que tenga la consideración de habitual y permanente.

¿Cuándo se podrá solicitar?

El ministerio calcula que en un plazo de un mes y medio o dos meses, pero también ha especificado que tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero.

¿A cuánto asciende la ayuda?

Con carácter general, a 250 euros. No obstante, en aquellos casos en los que el alquiler se sitúe por debajo de la ayuda del bono, el máximo de la subvención estará fijado por la renta mensual del arrendamiento. Por tanto, si un joven paga un alquiler de 200 euros y recibe el bono, solo cobrará los 200 euros de su alquiler y no los 250 euros que contempla la ayuda.

¿Es posible cobrarla con cualquier nivel de ingresos?

No. Sólo podrán acceder a la ayuda los jóvenes con contrato de alquiler y un contrato laboral cuyos ingresos no superen en tres veces el denominado Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que serían 24.318 euros anuales.

¿Hay algún límite en función de lo que se pague de alquiler?

Sí. El precio del alquiler no podrá superar de entrada los 600 euros, aunque el Real Decreto-Ley aprobado contempla supuestos que eleven ese monto hasta los 900 euros, sobre todo en zonas de precios tensionados. Este es el caso que se podría dar en algunas zonas concretas de las Illes Balears, como Eivissa o Palma. Aplicar estas excepciones dependerá de una comisión bilateral entre el ministerio y el Govern, pues será la comunidad autónoma la que gestione la ayuda. El propio Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana abre la puerta a sobrepasar esos 900 euros máximos “en casos concretos específicos” en los que las “circunstancias se acrediten”. Ahí, pues, comienza la responsabilidad del Govern balear.

¿Puedo cobrarla si vivo en un piso compartido?

Sí. El bono está pensado para entregarse con carácter individual. Para las habitaciones, la renta máxima será de 300 euros, con la posibilidad de incluir en la solicitud a aquellos que paguen hasta 450 euros por cuarto en zonas tensionadas. Este supuesto dependerá también en este caso del ministerio y de la comunidad autónoma en cuestión.

¿Me podré beneficiar de las ayudas si cambio de residencia?

En principio, la intención del Gobierno es que exista movilidad en las ayudas entre las comunidades autónomas para que el receptor del bono se pueda seguir beneficiando en caso de que por motivos laborales tenga que mudarse a otra comunidad. No obstante, esto es solo una propuesta que aún no se ha concretado en nada.

¿El bono se tiene que declarar a Hacienda?

Sí. Y, según estimaciones de los Técnicos de Hacienda (Gestha), el 38% de sus perceptores verán incrementada la cuantía de lo que pagan en la Declaración de la Renta.

¿Es compatible con otras ayudas?

Sí. Será compatible con otras ayudas de las comunidades autónomas, siempre que no supere el 40% de la renta del alquiler, descontado el bono. Además, también será compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital. La suma del bono y las mencionadas ayudas tendrán como límite el 100% de la renta arrendaticia.

Actualizado: 14 de marzo de 2022 , ,

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